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Guest Nicole

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A juzgar por hechos de los que han dado cuenta los medios locales de comunicación, no es del todo improbable que uno o varios gobernantes escuchen la petición del obispo de la diócesis Chilpancingo-Chilapa, Salvador Rangel Mendoza, de que las autoridades gubernamentales asignen recursos para la reconstrucción de inmuebles de la Iglesia católica que, sin estar catalogados como monumentos históricos, también resultaron dañados por los pasados sismos, sobre todo por el del 19 de septiembre.

Mal harían en prestar oídos a la solicitud del prelado, si bien no sería la primera vez que así lo hicieran.

A finales de 2012, diputados federales que en el Congreso discutían el Presupuesto de Egresos de 2013 acordaron asignar 20 millones de pesos de recursos públicos a la construcción de la nueva catedral de Cristo Rey –que se levanta en la esquina de Universidad e Ignacio Chávez, en Acapulco–, a pesar de la indignación que un año antes despertó entre la comunidad cultural del puerto el anuncio de ocho millones de pesos para el mismo propósito.

Luego, el 7 de agosto de 2015, el cabildo porteño aprobó una partida mensual de 10 mil pesos como apoyo a la fundación cultural Cristo Rey para la construcción de una instalación anunciada como centro cultural que operaría en el subsuelo de la nueva catedral.

Eso sin contar con que esa fundación, con el apoyo del entonces diputado federal priísta Manuel Añorve Baños, ya había obtenido dos años antes un apoyo de 27 millones de pesos de Conaculta, con el mismo fin.

De los monumentos históricos –templos, conventos y otras instalaciones de culto, construidos en diversas épocas de la historia de nuestra nación– se hace cargo el Estado por mandato de la Constitución, la ley suprema que nos hemos dado los mexicanos.

Pero los otros inmuebles propiedad de cualquier denominación religiosa son entera responsabilidad de esos grupos, como lo indica la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, creada durante el gobierno de Carlos Salinas de Gortari a partir de la reforma constitucional correspondiente.

Antes de esta reforma, el Estado detentaba la propiedad de todos los inmuebles destinados al culto religioso, de cualquier denominación. Esta es la motivación, por ejemplo, por la cual, antes de esta ley los Testigos de Jehová se presentaban como “organización cultural y educativa”, pues con ello eludían la intervención del gobierno en la propiedad de sus inmuebles. Y no fue sino hasta que Salinas de Gortari promulgó esta ley, el 14 de julio de 1992, que aceptaron inscribirse como asociación religiosa ante la Secretaría de Gobernación.

Ante la destrucción que dejaron los temblores del 7 y del 19 de septiembre, la prioridad de todos los niveles de gobierno deben ser los ciudadanos damnificados. Es imperativo dotar de vivienda a quienes la han perdido y atender con esmero a los menores de edad que perdieron a uno o a ambos padres. Es obligatorio deslindar responsabilidades ante los edificios que cayeron o que quedaron inutilizados, y sancionar a los responsables. Es impostergable reactivar la economía.

La Iglesia –las iglesias, en general– no sólo puede esperar, sino que tiene el respaldo de una organización mundial que no carece de recursos materiales. Y, en última instancia, la religión no es un producto de primera necesidad. 

http://www.lajornadaguerrero.com.mx/index.php?option=com_k2&view=item&id=487:al-cesar-lo-del-cesar&Itemid=732

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